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17 de Noviembre de 2022

ENTRA EN VIGENCIA REGISTRO NACIONAL DE DEUDORES DE PENSIÓN DE ALIMENTOS

Buenas noticias para los niños, niñas y adolescentes de nuestro País. Este viernes 18 de noviembre de 2022 entra en plena vigencia la ley 21.389 que crea EL REGISTRO NACIONAL DE DEUDORES DE PENSIONES ALIMENTICIAS. Esta ley tiene diferentes alcances tanto para personas deudoras, como instituciones públicas y privadas que deben actuar en función de la norma, cruzando la información para hacerla efectiva.

Iremos informando en diferentes publicaciones las diferentes implicancias.

¿QUÉ ES EL REGISTRO NACIONAL DE DEUDORES?

El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos es un registro electrónico que tiene por objetivo coordinar diversas medidas legales, a fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos y será el Servicio de Registro Civil e Identificación la institución a cargo de este registro.

¿QUIÉNES INGRESAN AL REGISTRO?

  • Que estén obligadas a pagar pensión de alimentos fijada o aprobada por el tribunal, provisorios o definitivos.
  • Que adeuden, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas.

¿QUÉ DATOS CONTENDRÁ EL REGISTRO?

  • Nombre completo de la persona deudora.
  • Número de cédula de identidad o documento de identificación correspondiente.
  • Número de alimentarios afectados o afectadas.
  • Monto actualizado de la deuda.
  • Cantidad de cuotas adeudadas.
  • Individualización del tribunal que fijó o aprobó la pensión.
  • Datos de la cuenta para realizar el pago.

¿CUÁNDO SE CANCELA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO?

Se cancela la inscripción cuando se acredite el pago completo de la pensión adeudada o se adopte un acuerdo de pago, serio y suficiente, que sea aprobado por el tribunal por resolución firme o ejecutoriada, es decir, que no pueda ser recurrida.

¿QUÉ MEDIDAS SE PUEDEN ADOPTAR PARA ASEGURAR EL PAGO?

  • Retención de la devolución de impuestos.
  • Retención de parte de los fondos de un crédito bancario que pida la persona deudora por 50 UF o más.
  • Si el deudor o deudora vende un vehículo o una propiedad, se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
  • Se le puede negar la licencia de conducir y el pasaporte.
  • Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
  • Inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado.
  • Retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda.
  • Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo.
  • Las deudas por pensión de alimentos serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.

¿CÓMO SABER SI ESTOY EN EL REGISTRO DE DEUDORES MOROSOS?

Ingresa al Registro de Deudores Judiciales Morosos – REDJUM. Debes seleccionar si eres una persona natural o jurídica. Completa los datos personales que te solicitan (apellido paterno, materno y nombres). Escribe el código que aparece en pantalla y haz clic en el botón que dice “consultar”.

Para más información ingresa al link