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Convenio Serviu-Senda

El convenio es un acuerdo entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (Senda) y el Servicio de Vivienda y Urbanización de la región del Biobío donde nuestro servicio se compromete a aplicar una política, una serie de recomendaciones, para evitar el consumo de alcohol y drogas en las dependencias de Serviu. Esto, con la ayuda y asesoría de Senda, servicio especializado en la materia.

Principios Guía y Política Preventiva

Esta política tiene una serie de principios guía, los cuales son:

– Que Serviu considera fundamental, y se compromete a promover la prevención, reducción y tratamiento de los problemas relacionados con el consumo de drogas y alcohol.

– Que Serviu y su funcionariado reconoce que el uso y abuso de drogas y alcohol, afecta la calidad de vida laboral, ya que impacta en la salud y seguridad del trabajador, su vida familiar, en la calidad de su trabajo, productividad, y en los servicios o productos a los que está orientado la organización; y por ende en la sociedad que se encuentra insertos.

– Serviu se compromete a ejecutar las estrategias de acción contenidas en esta política, orientadas a promover conductas saludables y a mejorar la calidad de vida laboral de todos nuestros trabajadores, e incorporar a las familias de los trabajadores en aquellas en que sea factible.

– Serviu considera el consumo de drogas y/o alcohol, como una problemática de salud, y por consiguiente, la abordará sin discriminación alguna, como cualquier otro problema de salud en el trabajo. De acuerdo a esto se respetará el carácter confidencial de toda información vinculada a personas.

– Se incentivará que aquellas personas funcionarias que presenten problemáticas vinculadas al consumo de drogas y/o alcohol tengan la posibilidad de acogerse de forma voluntaria, a los sistemas de apoyo u orientación dispuestos en esta política.

– Toda persona funcionaria que se acoja al sistema de orientación y apoyo mencionado, y requiera realizar algún proceso de tratamiento y rehabilitación producto del consumo de drogas y/o alcohol, no pondrá en riesgo su puesto de trabajo.

Esta Política Preventiva tiene como objetivo establecer los lineamientos generales para la elaboración e implementación de un Plan de Acción Preventivo, el cual es formulado de manera participativa por un equipo representativo de todo el funcionariado.

Además, esta política busca instaurar una cultura preventiva, mediante un proceso continuo y sistemático de mejora de la Calidad de Vida Laboral de todos los miembros de SERVIU Región del Biobío con relación a los riesgos que involucra el consumo de drogas y alcohol.

Plan de Acción de la política

En tanto, el Plan de Acción Preventivo se centra en el desarrollo de acciones de sensibilización, de carácter promocional y de Calidad de Vida Laboral junto con el incentivo al desarrollo de habilidades preventivas dirigidas a todos los integrantes de la organización y que involucran directa o indirectamente a las familias del funcionariado, procurando incorporarla en aquellos aspectos que sean factibles.

La finalidad del plan de Acción se centra en:

– Que SERVIU Región del Biobío desarrolle estrategias y acciones preventivas integrales, que cuenten con difusión, acción y evaluación de actividades.

– Que las personas con un bajo riesgo de presentar una conducta de consumo de drogas y/o alcohol desarrollen conocimientos y actitudes que le permitan permanecer saludables.

– Que las personas con un mayor riesgo de presentar conductas de consumo, o que presenten un consumo no problemático de drogas y/o alcohol, no avancen hacia uno de carácter problemático, disponiendo de oportunidades de reflexión e intervención temprana.

– Que las personas funcionarias que estén en situación de consumo problemático dispongan de oportunidades de tratamiento y rehabilitación, y así puedan evitar los problemas resultantes del consumo de sustancias.

Esta política abordará los procedimientos operativos referentes a la puesta en marcha del Plan de Acción Preventivo, las modalidades de orientación y/o apoyo para el funcionariado, y aspectos reglamentarios y normativos en la materia.

El Sistema de Orientación y/o Apoyo (SOA)

El Sistema de Orientación y/o Apoyo (SOA) tiene las siguientes funciones:

  • – Realizar entrevistas de apoyo a los trabajadores cuando éstos lo requieran, en base a pauta breve elaborada previamente.
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  • – Generar y/o activar las redes sociales para la derivación de casos y seguimiento.
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  • – Entregar información respecto a prevención del consumo de drogas y alcohol.
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  • – Mantener un registro de preguntas y respuestas sobre prevención del consumo de drogas y alcohol en SERVIU Región del Biobío.
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Respetando el principio de confidencialidad, el presente mecanismo de orientación y apoyo estará disponible y se brindará a todo aquel trabajador que:

a) Necesite información u orientación vinculado al consumo de riesgo y/o dependencia de drogas y/o alcohol de algún familiar o tercero.

b) De forma voluntaria se declare como consumidor de riesgo de drogas, y/o dependiente, y solicite apoyo para realizar un tratamiento y rehabilitación.

El Sistema de Orientación y Apoyo dispuesto estará conformado/integrado por Roberto Galleguillos Gutierrez, psicólogo de RRHH, Jacqueline Teran Cuevas, jefa de RRHH, Paula Quilodran Cuevas, presidenta de Asociación de funcionarios.

Para acceder a este en caso de ayuda, sólo bastará con contactar a uno de los mencionados integrantes y estos le orientarán. Cabe recordar que el sistema entrega acompañamiento y seguimiento del caso, pero no así recursos para su tratamiento.

Prohibiciones, drogas legales y medicamentos

Se prohíbe la posesión, venta, elaboración, consumo, porte y/o distribución de drogas ilícitas.

No se permitirá la asistencia y/o permanencia en el lugar de trabajo de aquel trabajador que evidencie, o se presuma manifiesta signos de consumo de drogas ilícitas.

El tráfico y comercialización de drogas, como también inducir al consumo por cualquier medio (uso, posesión, distribución y venta de drogas ilícitas), en el lugar de trabajo, al igual que en cualquier espacio de la sociedad reviste características de delito y es sancionado penalmente por la Ley N° 20.000.

Se establece como inhabilidad para desempeñar altos cargos en la Administración Pública (Director de servicio, hasta el grado de jefe de división o su equivalente), el ser consumidor dependiente de drogas ilegales (Ley N° 20.000).

Respecto del alcohol y tabaco, podemos decir que:

En las dependencias del servicio, no se permite que los funcionarios y funcionarias consuman alcohol, ni que estén en evidente estado de consumo de alcohol al interior de las dependencias.

Además, no se permitirá la venta u obsequios, premios u otros que consistan en bebidas alcohólicas dentro de la organización.

Respecto del tabaco, simplemente no se permitirá su consumo al interior de las dependencias. En relación a medicamentos, sólo se permitirá el uso de medicamentos psicotrópicos (tranquilizantes, antidepresivos, ansiolíticos o similares) solo en aquellos casos en que este consumo este prescrito por un profesional médico y bajo receta médica. En estos casos el trabajador deberá cuidar que tales medicamentos no pasen a terceros y debe dar aviso a su jefatura directa si los medicamentos pudieran afectar su estado de consciencia y/o motricidad.

Sanciones

Las acciones constitutivas de delito en que incurra un funcionario deberán ser denunciadas al Ministerio Público o ante la policía, según corresponda. Para determinar la eventual concurrencia de responsabilidad administrativa, el Serviu Región del Biobío ha dispuesto de un procedimiento documental denominado “Procedimiento de Sumarios e Investigaciones Sumarias”.

En ese sentido, todo aquel funcionario que incurra en desacato de la reglamentación señalada en los numerales que contemplan prohibiciones sobre alcohol, tabaco y medicamentos, será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en la reglamentación interna.

En tanto, si un funcionario o funcionaria es testigo de algunos de los delitos de la Ley 20.000 y omite denunciarlo, este podría ser castigado con presidio menor, grados medio a máximo, y multas de 40 a 400 UTM.

Encargados y responsables de la Política Preventiva

La responsabilidad operacional recaerá en los integrantes del Equipo Preventivo Coordinador de la organización (EPC), organismo que tendrá carácter formal y estará constituido por los siguientes miembros:

  • – Daniel Rodriguez Tapia representante de Dirección.
  • – Paula Quilodran Rojas, representante de la Asociación de funcionarios.
  • – Carolina Roa Verdugo, representante del Gremio de Honorarios
  • – Jacqueline Teran Cuevas, jefa de Recursos Humanos.
  • – Sandra Vega Tapia, Coordinadora Unidad de Bienestar.
  • – Paula Molina Jeldres, representante de funcionarios/as.
  • – Roberto Galleguillos Gutierrez, psicólogo de RRHH.

Además, el Equipo Preventivo Coordinador dispondrá de la colaboración de todos los estamentos de SERVIU Región del Biobío y podrá incorporar nuevos integrantes para llevar a cabo su plan de acción de acuerdo a los requerimientos de cada caso.

Dirección deberá asegurar el cumplimiento de la política y su respectivo plan, gestionando recursos para ello. En tanto, de los trabajadores se espera su compromiso, respeto y difusión respecto de esta nueva política y su pan de acción. Cabe recordar que, a partir de su validación, esta política queda anexada al Reglamento Interno del servicio y, en consecuencia, incluida en la relación contractual con el organismo empleador.

Documentación

Plan de Acción 2025 del convenio (Descargar/Ver)

Certificación del convenio (Descargar/Ver)

Política Preventiva del Consumo de Drogas y Alcohol y Calidad De Vida Laboral (Descargar/Ver)